¿Qué edificios están sujetos a la ITE?
Todos los edificios protegidos y/o de más de 50 años de antigüedad, situados en la provincia de Málaga, cualquiera que sea su uso y titularidad, tienen que realizar la Inspección Técnica de Edificios.
¿A quién obliga la ley?
Al propietario (ya sean personas físicas o jurídicas) o Comunidades de Propietarios. Si no la realiza se enfrenta a una sanción comprendida entre los 600 y los 60.000 €, dependiendo del valor de las obligaciones incumplidas, se puede imponer también hasta un total de 10 multas de tipo coercitivo para la ejecución subsidiaria del informe ITE.
¿Cómo debe pasarse la Inspección técnica de edificios?
El procedimiento de la Inspección Técnica de Edificaciones (ITE) comienza con la contratación de un profesional cualificado, quien llevará a cabo una evaluación exhaustiva del inmueble.
Esta evaluación abarca el análisis de la estructura, las instalaciones, los acabados y otros elementos esenciales del edificio. Tras completar la inspección, el técnico elaborará un informe detallado que describirá el estado actual del edificio y, en caso necesario, proporcionará recomendaciones para su mejora.